BOLETIN N° 4

BOLETIN N° 4

Con fecha 12.11.2013 se publicó la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas No. 330-2013/SUNAT/3000 que modifica el Procedimiento General de Manifiesto de Carga INTA-PG.09.

Esta modificación se realiza estando a los cambios normativos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Aduanas, específicamente en sus Artículos 143º, 155º, 158º, 162º y 178º relacionados a la transmisión del manifiesto de carga, la transmisión de la fecha y hora del término de la descarga así como la transmisión de la nota de tarja y la tarja al detalle.

Es de resaltar la modificación referida a la transmisión del manifiesto de carga en el cual se incorpora el criterio de puertos, aeropuertos y zonas cercanas que deben ser contemplados para efectos de cumplir con el plazo legal para transmitir el manifiesto de carga. En el caso del transporte internacional aéreo se considera los aeropuertos ubicados en el territorio de Ecuador, Bolivia, Colombia así como en las regiones de Córdova, Santa Fe, Rioja, Santiago del Estero, Catamarca, Salta, Jujuy, San Juan y Tucumán en Argentina; el Estado de Amazonas en Brasil y las regiones de Arica-Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana de Santiago en Chile.

Para mayor ampliación de los alcances de esta disposición se adjunta el texto íntegro de la citada Resolución


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